Legionella en colegios: qué debe controlar el centro

Aula de un centro educativo con luz natural, tipo de edificio donde conviene revisar la Legionella en el agua sanitaria - Abansol
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La Legionella en colegios se controla igual que en cualquier edificio con instalaciones de agua que puedan generar aerosoles: duchas, agua caliente sanitaria, agua fría, torres o piscinas. Según el RD 487/2022, la responsabilidad es de la persona titular del centro, que debe tener un plan de prevención, registros y una actuación específica tras paradas largas como el verano.

¿Por qué afecta la Legionella a un colegio?

La Legionella es una bacteria que vive en el agua y prolifera cuando esta permanece templada y estancada. El riesgo aparece cuando una instalación genera aerosoles, pequeñas gotas que se respiran, como las de una ducha. Un colegio reúne varios factores a la vez: mucho personal y alumnado, instalaciones que se usan por franjas, puntos de agua poco utilizados y periodos de cierre largos. No hace falta que el edificio sea grande o antiguo para que el agua se estanque en un tramo de tubería que casi nadie abre.

Si quieres repasar qué es la bacteria y dónde puede proliferar, lo explicamos en nuestra guía sobre la prevención de la Legionella.

¿Qué instalaciones de un centro educativo entran en el real decreto?

El artículo 3 del RD 487/2022 aplica la norma a las instalaciones susceptibles de convertirse en foco de exposición humana según el anexo I, y deja fuera únicamente los edificios de uso exclusivo de vivienda. Un colegio no está excluido. El anexo I incluye, entre otras, los sistemas de agua sanitaria (fría y caliente), las torres de refrigeración y condensadores evaporativos, los humidificadores, los sistemas de agua contra incendios y los sistemas de agua climatizada, como los vasos de piscina.

Llevado a un centro educativo, conviene revisar al menos estos puntos y comprobar en cada caso si encajan en el anexo I:

  • Vestuarios y duchas del pabellón deportivo. Las duchas son puntos terminales, es decir, puntos de salida de agua que pueden producir aerosoles (artículo 2.17).
  • Producción y red de agua caliente sanitaria de cocina, aseos y vestuarios.
  • Red de agua fría de consumo y depósitos.
  • Piscina climatizada, si el centro la tiene.
  • Equipos de climatización con torre de refrigeración, si existen.
  • Laboratorios, talleres o aulas con puntos de agua de uso esporádico.

¿Quién responde en un colegio: la dirección, la titularidad o el ayuntamiento?

El real decreto habla de la persona titular de la instalación y la define como la propietaria (artículos 2 y 5). Esa persona garantiza que se cumpla la norma. En un colegio puede ser una entidad pública, una fundación, una cooperativa o una empresa, según el caso, y a veces no coincide con quien gestiona el día a día. Por eso conviene dejar por escrito quién es la persona titular de cada instalación, quién actúa como responsable técnico y qué empresa externa interviene.

La dirección del centro no tiene por qué ser la titular, pero sí necesita saber a quién avisar cuando un grifo no sale caliente, un termo se avería o aparece un resultado analítico fuera de lo esperado. Un plan que solo existe en el despacho de administración y no llega al equipo de mantenimiento no cumple su función.

¿Qué debe tener el centro en papel?

El artículo 8.2 exige que el plan incluya un diagnóstico inicial de la instalación, programas de mantenimiento y revisión, de tratamiento, de muestreo y análisis del agua y de formación del personal, además de la documentación y los registros. La documentación se conserva al menos cinco años desde su generación (artículo 8.5). Tienes el detalle del plan en nuestro artículo sobre lo que el RD 487/2022 exige a tu plan de Legionella.

Qué debe tener el centroReferencia en el RD 487/2022
Persona titular identificadaArtículos 2 y 5
Plan con diagnóstico y cuatro programasArtículo 8.2
Registros de actividades, paradas y puestas en marchaArtículo 8.2.c
Conservación de la documentación (mínimo cinco años)Artículo 8.5
Muestras tomadas bajo responsabilidad del laboratorioArtículo 11
Laboratorio con métodos acreditados (UNE-EN ISO/IEC 17025:2017)Artículo 12.1
Formación del personal implicadoArtículo 18
Limpieza y desinfección tras una parada superior a un mesAnexo IV, parte A, apartado 5
Aula con pupitres vacíos de un colegio, centro de uso colectivo con instalaciones de agua que requieren control de Legionella - Abansol

¿Qué hacer cuando el colegio cierra en vacaciones?

Es el momento crítico de un centro educativo. El anexo IV, parte A, apartado 5, dispone que la limpieza y desinfección se haga también tras una parada superior a un mes, salvo que la autoridad sanitaria fije otro periodo. Un cierre de verano puede superar ese plazo en buena parte de las instalaciones, así que conviene tenerlo previsto antes de que empiece el curso.

Además, el artículo 8.2.c obliga a registrar las paradas y puestas en marcha con su motivo. En la práctica, deja anotada la fecha de cierre, qué se hizo para dejar la instalación (vaciado de tramos, desconexión, mantenimiento del tratamiento) y la fecha y las comprobaciones de la reapertura. Puedes ver también cómo influye la temperatura en la temperatura de la Legionella en hoteles, un criterio que sirve igual para un colegio.

¿Quieres que revisemos el plan de Legionella de tu centro? Llama al 917 264 278 o escríbenos desde el formulario. Conoce nuestro servicio de control de Legionella.

¿Quién puede tocar las instalaciones y con qué formación?

El artículo 18 obliga a la persona titular a garantizar que todo el personal, propio o externo, implicado en las actividades del real decreto cuente con la formación requerida. Incluye al personal de mantenimiento del propio colegio que realice operaciones sencillas, como medir temperaturas, comprobar biocidas o controlar el pH: debe estar dentro del plan de formación. No improvises estas tareas ni las dejes al conserje sin formación y sin registro.

Si trabajas con una empresa externa, pide que te detalle qué hace cada persona, con qué formación y cómo te comunica las incidencias. El laboratorio que analice las muestras debe tener sus métodos acreditados, y la toma de muestras es responsabilidad del laboratorio; cómo se organiza lo explicamos en nuestra guía del análisis de Legionella.

Checklist: qué revisar esta semana

  1. Identifica a la persona titular de cada instalación del centro.
  2. Haz un listado de duchas, producción de agua caliente, depósitos, piscina y torres.
  3. Localiza el plan vigente y comprueba que está accesible para mantenimiento.
  4. Revisa los registros de los últimos meses y las fechas de cierre y reapertura.
  5. Pregunta a tu empresa cuándo fue la última limpieza y desinfección.
  6. Marca en el calendario escolar las paradas superiores a un mes.
  7. Comprueba que el personal implicado tiene formación y que consta en el plan.

Normativa verificada que aplica

  • Real Decreto 487/2022, artículo 3 y anexo I: ámbito de aplicación e instalaciones afectadas; únicamente se excluyen los edificios de uso exclusivo de vivienda.
  • Artículos 2 y 5: la persona titular es la propietaria y responde del cumplimiento.
  • Artículo 8: contenido del plan, registros y conservación durante cinco años.
  • Artículo 18: formación del personal.
  • Anexo IV, parte A, apartado 5: limpieza y desinfección tras una parada superior a un mes.

Normativa municipal: mantener el local en condiciones

Además de la normativa estatal y autonómica, los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid aprueban ordenanzas de salubridad pública. Lo hacen al amparo de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local (artículos 139 a 141), que les permite tipificar infracciones y sanciones propias cuando no hay una norma sectorial específica. Esas ordenanzas exigen conservar los locales en buenas condiciones higiénico-sanitarias y pueden complementarse con inspecciones municipales y expedientes sancionadores. Las cuantías y los detalles los fija cada ordenanza, así que conviene revisar la de tu municipio.

Quién te ayuda en Madrid

  • Abansol: plan de prevención de Legionella, análisis y certificados para centros de uso colectivo.
  • Alesza: división de limpiezas profesionales del Grupo Abansol. Apoya con limpieza profesional de centros educativos, aseos, vestuarios y zonas comunes. Si ya trabajas con Alesza, Abansol coordina contigo el control de Legionella, y viceversa.

Preguntas frecuentes

¿Está obligado un colegio a tener plan de Legionella?

El real decreto solo excluye los edificios de uso exclusivo de vivienda, así que un colegio con instalaciones del anexo I debe aplicarlo. Verifica con tu empresa cuáles son las instalaciones afectadas.

¿Hay que hacer algo antes de abrir tras el verano?

Si la parada supera un mes, el anexo IV prevé limpieza y desinfección, salvo que la autoridad sanitaria fije otro periodo. Además, hay que registrar la parada y la puesta en marcha.

¿Quién responde si hay un problema?

La persona titular de la instalación, que es la propietaria. Contratar una empresa no traslada esa responsabilidad.

¿Cuánto tiempo hay que guardar los registros?

Al menos cinco años desde su generación, según el artículo 8.5.

Si el curso empieza pronto y no tienes el plan al día, llama al 917 264 278 o pide información por el formulario.

Fuentes

Equipo técnico de Abansol, empresa formada por profesionales con más de 40 años de experiencia. Abansol pertenece al Grupo Abansol.

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Equipo técnico de Abansol

Técnicos de control de plagas urbanas, Legionella y seguridad alimentaria que trabajan cada día con negocios de Madrid. Más de 40 años de experiencia.

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